Aterriza en el Congreso de Tamaulipas la iniciativa del gobernador, Américo Villarreal Anaya por la que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Aguas del Estado de Tamaulipas.
La diputación permanente dio entrada a la iniciativa que propone entre otras cosas, propone reformar algunos artículos para cambiar la denominación de la extinta Comisión Estatal del Agua de Tamaulipas por la de la Secretaría de Recursos Hidráulicos para el Desarrollo Social, que se creó el pasado 4 de mayo
Ello, para que esta funja como el órgano rector estatal en materia de agua y adopte las funciones de autoridad administrativa en el ejercicio de dichas atribuciones.
Con la que podrá realizar toda clase de actos jurídicos que sean necesarios para cumplir con sus atribuciones, así como aquellos que fueren necesarios para la administración y salvaguarda de los recursos materiales y financieros a su cargo.
Ampliar atribuciones y la formulación de las políticas públicas para garantizar del acceso al agua a los tamaulipecos a través de la debida gestión y administración del recurso hídrico, inversión adecuada y transparente de recursos públicos para la construcción y mantenimiento de obrashidráulicas quepermitan el uso o aprovechamiento del líquido vital.
Se integrará el Sistema de Control de al
Productividad y Calidad del Sector Agua del Estado, que será operado por la Secretaría para ejercer las atribuciones que le confiere esta ley respecto a al evaluación ycontrol de todoslos procesos relacionados con al prestación de losservicios públicos yel uso, aprovechamiento, contaminación ypreservación del agua.
Los adeudos a cargo de los usuarios y en favor de los organismos operadores municipales, intermunicipales, regionales o, en su defecto, de la Secretaría, derivados de los precios o tarifas por la prestación de los servicios públicos, tendrán el carácter de créditos fiscales para efectos de la aplicación del procedimiento administrativo de ejecución.
Realizar toda clase de actos jurídicos que sean necesarios para cumplir con sus atribuciones, así como aquellos que fueren necesarios para la administración y salvaguarda de los recursos
materiales y financieros a su cargo.
Emitir títulos de concesión, asignación o permisos para la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas estatales ysus bienes público
Los municipios podrán suscribir convenios, para que la evaluación y supervisión de sus organismos operadores de agua, sea a cargo de la Secretaría de Recursos Hidráulicospara el Desarrollo Social.
Elaborar los programas hidráulicos y estratégicos del sector agua para el estado de Tamaulipas
Los usuarios deberán contarcon permisode al Secretaría para descargar aguas residuales en forma
permanente o intermitente en cuerpos receptores estatales, previo estudio de impactoambiental.
La Secretaría está facultada para clausurar las descargas de aguas residuales en los bienes de jurisdicción estatal y solicitar a la autoridad competente que ordene la suspensión de las actividades que den origen a las descargas de aguas residuales, cuando
La Secretaría coadyuvará con la Federación, estados y municipios en las medidas necesarias para la construcción y operación de las obras de control de avenidas, zonas inundables y obras complementarias para la protección de las personas y de sus bienes, así como para adoptar las medidas de mitigación necesarias en casos de desastres ambientales originados o vinculados con el agua.
En consecuencia al presente propuesta brindará certeza jurídica en al actualización de lamulticitada dependencia, asimismo, desde el ámbito de su competencia, contribuirá a garantizar el derecho humano al agua y finalmente se busca cumplir con los objetivos, estrategias y líneas de acción establecidas en el marco Estratégico denominado Gestión Sostenible del Agua, del Plan Estatal de Desarrollo 2023-2028