El Congreso de Tamaulipas va por una reforma que tipifica el acoso sexual y el hostigamiento sexual como faltas administrativas graves para las y los servidores públicos, con sanciones desde la destitución del cargo hasta la inhabilitación para ejercer funciones públicas.
De esta manera, tales conductas podrán ser investigadas y sancionadas conforme al régimen más riguroso previsto en el sistema de responsabilidades administrativas, señaló la diputada de Morena, Elvia Eguía Castillo, al presentar en Tribunal su iniciativa, a la que se sumaron PRI y Movimiento Ciudadano.
“En el servicio público de Tamaulipas, no debe de haber tolerancia frente a ninguna forma de violencia, fortalecer nuestras instituciones, también significa garantizar espacios laborales, dignos y libres de abuso de poder”, agregó.
En Tamaulipas, estas conductas ya se encuentran contempladas en el Código Penal para el Estado de Tamaulipas, y también son reconocidas como formas de violencia en la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la violencia contra las mujeres en el estado de Tamaulipas
Sin embargo, existe un vacío dentro del régimen disciplinario del servicio público, hoy por hoy nuestra legislación de responsabilidades administrativas, no establece de manera expresa que el acoso sexual constituyen faltas administrativas graves.
“Por ello, la iniciativa que hoy se presenta, propone fortalecer en el Marco Jurídico Estatal, mediante una reforma integral a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Tamaulipas, basada en cuatro ejes fundamentales, prevención, aplicación investigación y sanción”, explicó .
Con lo que se propone, primero se reforma el artículo siete, para establecer claramente que las personas servidoras públicas deben abstenerse de incurrir en conductas de violencia laboral, acoso sexual o hostigamiento sexual, promoviendo ambientes laborales dignos dentro de las instituciones públicas.
Además , se adiciona al artículo 63, cuartes y quinqués para notificar el acoso y hostigamiento sexual como faltas administrativas graves, lo que permitirá que estas conductas puedan ser investigadas y sancionadas, conforme al régimen más estricto del sistema de responsabilidades administrativas.
También se armoniza el artículo 91, para garantizar que las autoridades investigadoras actúen con perspectiva de género de vida, diligencia y protección a las víctimas.
Incluso permite iniciar investigaciones de oficio cuando existan indicios de estas conductas y cuarto, se fortalece el artículo 78, para asegurar que estas faltas puedan ser sancionadas con las medidas más severas que contempla la ley, incluyendo la destitución del cargo y la inhabilitación para ejercer funciones públicas.
El servicio público debe de ser un ejemplo de integridad y respeto de los derechos humanos, no podemos permitir que dentro de las instituciones del Estado se normalicen conductas que atentan contra la dignidad de las personas, concluyó
La iniciativa se turnó a las Comisiones Unidas de Estudios Legislativos primera; Del Trabajo y Previsión Social y de Administración para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente.









