Concluye sueño aspiracionista de Maki Ortíz, este miércoles 20 de abril, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la candidatura de Américo Villarreal Anaya a la gubernatura de Tamaulipas.
El Tribunal señaló que el procedimiento de selección se llevó a cabo conforme a la normativa aplicable y a la convocatoria respectiva.
Sin embargo, destacó que ante la falta de reglas claras para garantizar la paridad sustantiva en la postulación de gubernaturas, la Sala Superior reiteró la orden a Morena y a los partidos políticos nacionales para que, a más tardar al inicio del próximo proceso electoral en que participen gubernaturas se definan reglas al respecto.
Por su parte, el Instituto Nacional Electoral será el encargado de verificar la emisión y el cumplimiento de dichas reglas. (SUP-JDC-434/2022).
Inconforme con la decisión del Tribunal local, Maki Esther Ortiz Domínguez presentó un juicio para la ciudadanía. Principalmente alegó que se cometieron diversos vicios durante el proceso interno de selección de la candidatura y solicitó que se revoque la designación impugnada y le sea otorgado el registro como candidata.
La sentencia aprobada en sesión pública por videoconferencia confirmó la resolución del Tribunal local atendiendo a las siguientes consideraciones, la actora no controvierte las razones que el Tribunal local expuso para confirmar la resolución partidista.
Si bien ni la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ), ni el Tribunal local se pronunciaron frontalmente de actas notarias presentadas por el actor, lo cierto es que ello es insuficiente para invalidar el procedimiento de designación, pues respecto de este el Tribunal local sí realizó el estudio respectivo.
El partido cumplió con las reglas paritarias emitidas por el INE para ese proceso electoral local.
El resultado de las encuestas de reconocimiento no era vinculante para Morena en términos de la convocatoria, porque se aprobó el registro de una precandidatura única.
La actora ha recibido una respuesta de fondo a todos los planteamientos que ha hecho valer a través de distintas cadenas impugnativas y en todas las instancias. El tiempo transcurrido no obedece a una denegación de justicia.